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Cómo comprar una propiedad en Tenerife siendo extranjero

Guía completa para comprador extranjero en Tenerife: NIE, cuenta bancaria, impuestos, arras, notaría y trámites que hacemos por poder si no puede viajar.

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España no restringe la compra de inmuebles a extranjeros. Un ciudadano británico, alemán, neerlandés, polaco o de cualquier otro país puede adquirir una vivienda en Tenerife en las mismas condiciones que un residente, con dos únicos requisitos administrativos: obtener el NIE y acreditar el origen de los fondos.

Lo que sí es distinto para el comprador extranjero es la coordinación logística: obtener el NIE sin viajar, abrir cuenta bancaria en España sin residencia, otorgar poder desde su país y liquidar los impuestos correctos según sea usted no residente o residente.

NIE, cuenta bancaria y poder notarial: la base logística

El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es obligatorio para comprar cualquier inmueble en España. Puede solicitarlo personalmente en la comisaría de Los Cristianos o en el consulado español de su país de residencia. Nosotros lo tramitamos por poder para clientes que no quieren desplazarse: unas dos a tres semanas de plazo real.

La apertura de cuenta bancaria en España sin residencia se ha vuelto más exigente por la normativa antiblanqueo. Preparamos con antelación el certificado bancario de origen de fondos y el CRS que la entidad va a exigir.

Si no viaja para la firma, otorga un poder notarial en su país (con apostilla de La Haya si el país es parte del Convenio) y traducción jurada al español. Ese poder nos habilita para firmar arras, escritura, liquidaciones fiscales e inscripción registral en su nombre.

Impuestos: qué paga un no residente y qué paga un residente

En Canarias, la vivienda de segunda mano tributa por Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) 6,5%. La obra nueva tributa por IGIC del 7% más Actos Jurídicos Documentados (AJD) al 1%. Estos impuestos son los mismos para residente y no residente.

La diferencia relevante aparece en la fiscalidad continuada: como no residente propietario, deberá presentar el modelo 210 anualmente (imputación de rentas inmobiliarias) y, si alquila, tributar por los ingresos brutos con tipos entre el 19% —residente UE/EEE— y el 24% —resto—. En el momento de la reventa se le retendrá el 3% del precio como pago a cuenta del IRNR.

Errores típicos del comprador extranjero

Firmar arras sin haber cerrado el NIE, con imposibilidad de firmar en el plazo pactado. Aceptar el contrato de la inmobiliaria sin traducción legal —no una traducción literal— y firmar renuncias a arras penitenciales sin saberlo. Comprar a través de una sociedad extranjera creyendo que reduce impuestos, cuando en realidad aumenta la carga fiscal en Canarias. Transferir fondos sin trazabilidad clara, que la notaría no acepta al firmar.

En Tenerife Legal Services acompañamos al comprador extranjero desde el primer contacto hasta la entrega de llaves, en español, inglés o alemán. Puede consultar también nuestra página en inglés: Property lawyer in Tenerife.

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