Área jurídica · Reclamación de cantidades
Abogada para reclamación de deudas e impagos en Tenerife
Facturas sin cobrar, préstamos entre particulares, rentas o señales que no se devuelven. Reclamamos lo que se le debe, primero por la vía amistosa y, si hace falta, ante los juzgados.

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Qué deudas reclamamos
Reclamamos deudas civiles y mercantiles de particulares, autónomos y empresas: facturas impagadas, préstamos personales, rentas de alquiler, cantidades entregadas a cuenta, cuotas y cualquier importe que resulte de un contrato incumplido.
Antes de reclamar valoramos tres cosas: si la deuda está bien documentada, si no ha prescrito y si el deudor tiene bienes o ingresos con los que responder. Con eso le decimos con franqueza si merece la pena reclamar y por qué vía.
Reclamación extrajudicial
Empezamos con un requerimiento formal y fehaciente firmado por la abogada. En muchos casos basta para que el deudor pague o proponga un calendario de pagos, que dejamos por escrito con las garantías necesarias. Este paso, además, interrumpe la prescripción y, como regla general, es hoy un requisito previo para poder demandar.
Reclamación judicial: monitorio, verbal y ordinario
Si el deudor no paga, acudimos al juzgado. Para deudas dinerarias documentadas, el proceso monitorio es normalmente la vía más ágil: el juzgado requiere al deudor para que pague o se oponga en un plazo breve y, si no hace ninguna de las dos cosas, se puede pedir directamente la ejecución.
Cuando hay oposición o la deuda no encaja en el monitorio, el asunto se tramita por juicio verbal u ordinario según la cuantía. Obtenida la resolución, solicitamos el embargo de cuentas, salarios o bienes hasta cobrar.
Acreedores y deudores en el extranjero
Asesoramos a acreedores extranjeros con deudores en Tenerife y a clientes de la isla con deudores en otros países de la Unión Europea, donde existen instrumentos específicos para reclamaciones transfronterizas. Atendemos en español, inglés y alemán.
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Cómo trabajamos su reclamación
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Análisis de la deuda
Revisamos los documentos, comprobamos plazos de prescripción y valoramos la solvencia del deudor.
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Requerimiento formal
Reclamamos el pago por un medio fehaciente y abrimos la puerta a un acuerdo.
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Acuerdo o demanda
Documentamos el acuerdo de pago o presentamos la reclamación judicial que corresponda.
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Ejecución y cobro
Si el deudor sigue sin pagar, pedimos el embargo de sus bienes hasta el cobro efectivo.
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Errores frecuentes que evitamos
Muchas deudas se pierden por no actuar a tiempo o por no dejar constancia:
- Prestar dinero o entregar una señal sin ningún documento firmado.
- Reclamar solo por teléfono o mensajes informales, sin un requerimiento que deje constancia.
- Dejar pasar los años hasta que la deuda prescribe.
- Demandar sin comprobar antes si el deudor tiene con qué pagar.
- Aceptar un calendario de pagos verbal, sin reconocimiento de deuda por escrito.
04 — Costes previsibles
Costes previsibles
El coste depende de la cuantía y de si la reclamación se resuelve de forma amistosa o judicial. Antes de empezar recibe un presupuesto cerrado por escrito y una valoración honesta de las posibilidades de cobro.
- Honorarios de abogada — presupuesto cerrado por escrito según la fase.
- Requerimiento fehaciente (burofax) — coste del envío certificado.
- Procurador — cuando la ley lo exige por la cuantía o el tipo de procedimiento.
- Costas — si la demanda se estima íntegramente, lo habitual es que se impongan al deudor.
05 — Documentación necesaria
Documentación necesaria
Cuanta más prueba documental, más rápida y segura es la reclamación:
- Contrato, presupuesto aceptado, pagaré o reconocimiento de deuda.
- Facturas, albaranes y justificantes de entrega o de transferencia.
- Correos y mensajes en los que el deudor reconoce la deuda o pide aplazarla.
- Datos de identificación y domicilio del deudor.
- Requerimientos de pago enviados anteriormente.
06 — Plazos realistas
Plazos realistas
El requerimiento se envía en pocos días y muchas reclamaciones se resuelven en esa fase, en cuestión de semanas. Un procedimiento judicial sin oposición suele durar varios meses; con oposición y ejecución, más. Le informamos por escrito del plazo previsible desde el inicio.
07 — FAQ
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una deuda?
No tengo contrato firmado, ¿puedo reclamar igualmente?
¿Qué ocurre si el deudor no tiene bienes?
¿Pueden reclamar una deuda a alguien que vive en otro país?
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Otras áreas jurídicas
Servicios estrechamente relacionados con la reclamación de deudas.
