Área jurídica · Testamentos
Abogada de testamentos en Tenerife
Un testamento bien redactado ahorra a su familia tiempo, costes y discusiones. Le ayudamos a decidir qué puede disponer y a dejarlo por escrito ante notario, también si es extranjero con bienes en Canarias.

02
Por qué conviene hacer testamento
Sin testamento, es la ley la que decide quién hereda, y los familiares deben tramitar antes una declaración de herederos, lo que alarga y encarece la herencia. Con testamento, usted elige a sus herederos dentro de los límites legales, puede hacer legados concretos, nombrar un tutor para hijos menores o designar a quien se encargue de ejecutar su voluntad.
El testamento más habitual es el abierto ante notario: queda custodiado en la notaría e inscrito en el Registro General de Actos de Última Voluntad, y puede modificarse o revocarse tantas veces como quiera.
La legítima: lo que la ley reserva a sus herederos
El derecho español común, aplicable en Canarias, reserva una parte de la herencia a los llamados herederos forzosos. Si hay hijos, dos tercios del patrimonio les corresponden, aunque uno de ellos puede repartirse de forma desigual para mejorar a alguno; solo el tercio restante es de libre disposición. El cónyuge viudo tiene derecho a un usufructo.
Le explicamos qué margen real tiene y redactamos las cláusulas para aprovecharlo: proteger al cónyuge, mejorar a un hijo o prever qué ocurre si un heredero fallece antes.
Testamento para extranjeros con bienes en España
Para quienes residen en España siendo extranjeros, el Reglamento europeo de sucesiones establece que, por defecto, la herencia se rige por la ley del país de residencia habitual. El testamento permite elegir expresamente la ley de su nacionalidad, lo que puede cambiar por completo quién hereda y en qué proporción.
Si vive en otro país pero tiene una vivienda en Tenerife, un testamento español limitado a sus bienes en España suele agilizar mucho la herencia. Lo coordinamos con el testamento de su país para que uno no revoque al otro. Cuando el testador no domina el español, el testamento se otorga en doble columna, en ambos idiomas.
02
Cómo trabajamos su testamento
01
Primera consulta
Hablamos de su familia, su patrimonio y lo que quiere conseguir, y le explicamos los límites legales.
02
Borrador del testamento
Redactamos las cláusulas y, si procede, la elección de ley aplicable, y las revisamos con usted.
03
Firma ante notario
Coordinamos la cita y le acompañamos en la notaría; con intérprete si es necesario.
04
Copia y actualización
Recibe su copia autorizada. Le recomendamos revisarlo cuando cambien sus circunstancias familiares o patrimoniales.
03
Errores frecuentes que evitamos
Los problemas con los testamentos suelen descubrirse cuando ya no tienen arreglo:
- No hacer testamento y dejar que decida la ley.
- Residir en España siendo extranjero sin elegir la ley aplicable a la herencia.
- Otorgar un testamento nuevo que revoca, sin quererlo, el del otro país.
- Disponer de más de lo que permite la legítima.
- No actualizar el testamento tras un divorcio, un nuevo matrimonio o el nacimiento de hijos.
04 — Costes previsibles
Costes previsibles
Hacer testamento es una de las gestiones jurídicas con mejor relación entre coste y beneficio. Recibe un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar.
- Honorarios de abogada — presupuesto cerrado por escrito.
- Notaría — arancel oficial, moderado en un testamento abierto.
- Intérprete o traducción — solo si el testador no domina el español.
05 — Documentación necesaria
Documentación necesaria
Para preparar el testamento necesitamos:
- DNI, NIE o pasaporte del testador.
- Datos del cónyuge, hijos y demás personas a las que quiera nombrar.
- Relación de bienes principales en España y, si los hay, en otros países.
- Testamentos anteriores, españoles o extranjeros.
- Capitulaciones matrimoniales, si existen.
06 — Plazos realistas
Plazos realistas
Con la información completa, preparamos el borrador en pocos días y la firma ante notario suele fijarse en una o dos semanas. Si hay urgencia, lo coordinamos con la notaría para acortar el plazo.
07 — FAQ
Preguntas frecuentes
¿Puedo dejar toda mi herencia a mi pareja?
Ya tengo testamento en mi país, ¿necesito otro en España?
¿Qué ocurre si fallezco sin testamento?
¿Puedo cambiar mi testamento más adelante?
08
Otras áreas jurídicas
Servicios estrechamente relacionados con los testamentos.
